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DOCUMENTOS

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AVISO: En el Ayuntamiento solo se compulsan documentos que vayan a formar parte de un expediente tramitado por el propio Ayuntamiento. La ley dice que las compulsas debe hacerlas el organismo que las pide.


 

SOLICITUDES DE OBRAS

-Documento que indica lo que se puede pedir bajo Declaración Responsable (Todo lo demás requiere Licencia de Obra. Las cubiertas [tejados], para que quede claro, necesitan licencia).

-Si su obra entra en lo que se admite como Declaración Responsable, aquí tiene el documento que tiene que presentar en el Ayuntamiento. Recuerde describir lo mejor posible la obra que va a hacer. IMPORTANTE: Si se trata de un cerramiento que afecte a terreno municipal, debe solicitar primero línea de cierre; y si se trata de una acometida de aguas, debe solicitar primero ésta.

***Tanto para Declaraciones Responsables como para Licencias de Obras, si éstas están en Zonas de Afección de Carretera o de Aguas, es imprescindible que obtenga primero: *Permiso de Diputación (< pinche para el documento adjunto que deberá presentar en el Ayuntamiento) si la obra está en zona de afección de carretera (Incluya Referencia Catastral, por favor). O *Permiso de Confederación Hidrográfica (para el caso de ríos, principalmente) y/o Comunidad de Regantes correspondiente (para el caso de regueros, principalmente), según el caso, si la obra está en zona de afección de aguas.

-Si su obra requiere Licencia de Obra, aquí tiene el documento a presentar en el Ayuntamiento. Lea la documentación, es posible que sea suficiente con que presente solo la primera hoja.

-Junto con la Declaración Responsable, debe presentar ya el pago (por valor del 2% del presupuesto de su obra) e inmediatamente tendrá permiso para efectuar la obra. En el caso de requerir Licencia de Obra, deberá esperar a que se le conceda ésta y entonces ya podrá efectuar el pago; una vez pagada, ya podrá empezar la obra. Aquí el documento de pago al Ayuntamiento. Nota: El presupuesto de la obra es una estimación del coste de la misma tanto en material como en mano de obra (incluso aunque la haga un@ mism@, para que sea para tod@s igual)

Si tiene dudas, llame o escriba por correo electrónico al Ayuntamiento.

(Le recordamos que las obras que cambien el valor de su propiedad deben ser comunicadas también al Catastro)

 

-SOLICITUD DE USO DE FUEGO EN TERRENOS URBANOS. Nota: En los meses de peligro alto de incendios [1 de julio a 30 de septiembre o período ampliado según el año], no se puede hacer fuego, ni solicitándolo, en terrenos urbanos que estén a menos de 400 metros del monte: Ver Normas para el uso del fuego (Orden FYM/510/2013)

 

-Autorización, a otra persona, de solicitud de certificado o volante de empadronamiento.

 

-Instancia genérica, para escritos o solicitudes.

 


 

-NUEVA Ordenanza Reguladora de Tenencia y Protección de Animales.